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sábado, 10 de diciembre de 2022

Empleo Público: Personal inspector (Verificaciones Industriales de Andalucía, S. A. - VEIASA)




Descripción: Convocatoria específica del Proceso de Selección mediante concurso oposición para la provisión de manera indefinida y fija discontinua de las plazas de personal inspector susceptible de incluirse en la oferta extraordinaria de empleo para la Estabilización del Empleo Temporal en la empresa de Verificaciones Industriales de Andalucía, S. A. (VEIASA)

Plazas: 296

Plazo: Hasta el 19/12/2022

BOJA nº 234 de 07/12/2022 (Pág.19414/1)

Requisitos: Para ser admitidos/as en la participación de este proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de publicación del correspondiente anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y mantener hasta el momento en el que se produzca de forma definitiva la adjudicación, además de los requisitos específicos, los siguientes requisitos generales: 

1. Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de aquellos Estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de trabajo y residencia expedida por el Órgano Administrativo nacional competente. Asimismo, podrán participar quienes no se encuentren incluidos en el apartado anterior, en cuyo caso deberán estar en posesión de la documentación correspondiente en vigor, con arreglo a la normativa vigente de aplicación en materia de permiso de residencia y trabajo. 

2. Tener al menos 18 años de edad, y no exceder de la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente. 

3. No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones propias de la ocupación a la que se opta. 

4. No haber sido separado/a definitivamente de cualquiera de las Administraciones Públicas, poderes públicos u organismos vinculados o dependientes, ya sean nacionales o extranjeros, ya sea como funcionario, como personal laboral o estatutario, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleados/as o cargos públicos. Asimismo, no podrán participar aquellas personas que hayan sido despedidas por motivos disciplinarios o hayan tenido algún cuestionario de evaluación calificado como No Apto en la entidad. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 

5. No incurrir en causa de incompatibilidad para el desempeño del puesto de trabajo en virtud de lo regulado en el Art. 12 de la Orden de 15 de julio de 1985, por la que se aprueba la organización y régimen jurídico de la concesión del Servicios de Inspección Técnica de Vehículos en Andalucía, según el cual ni el personal de la empresa, ni sus parientes hasta el primer grado de consanguinidad podrán tener participación en: 

- Actividades de transportes terrestres por carretera. 

- Comercio de vehículos automóviles.

 - Talleres de reparación o centros de diagnosis de vehículos. 

- Gestorías administrativas. 

- Compañías o mutuas aseguradoras en el ámbito de la automoción. 

- Peritos tasadores y agentes de seguros del campo del automóvil. 

6. No desempeñar ningún puesto o actividad en el sector público, ni realizar actividades privadas incompatibles que requieran reconocimiento de compatibilidad, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y del artículo 13.1 del Real Decreto 598/89, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes. 

7. Estar en posesión de la titulación exigida para la ocupación a la que se opta y que se indica en el Anexo I (Ficha de ocupación). En los casos de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso. Asimismo, todas las personas candidatas a inspector/a deberán cumplir, en base al Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos y los posteriores acuerdos adoptados, alguno de los siguientes requisitos (a, b ó c):

 A) Técnico/a Superior en Automoción, correspondiente al ciclo formativo de formación profesional de grado superior de la familia profesional de Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados, o titulación equivalente. En este sentido, únicamente se entenderán como equivalentes las titulaciones que se relacionan a continuación, no siendo admisibles otras diferentes a las aquí recogidas: 

- Técnico/a Especialista en Mecánica y Electricidad del Automóvil, rama Automoción (Ley 14/1970 y RD 707/1976). 

- Técnico/a Especialista en Mantenimiento de máquinas y Equipos de Construcción y Obras, rama construcción y obras (Ley 14/1970 y RD 707/1976).

 - Técnico/a Especialista en Automoción, rama Automoción (Ley 14/1970 y RD 707/1976) - Técnico Superior en Automoción (RD 1648/1994). 

- Técnico/a Superior en Mantenimiento Aeromecánico (Rama Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados)  Real Decreto 625/1995, de 21 de abril y Real Decreto 202/19. 

B) Técnico/a en electromecánica de vehículos automóviles, correspondiente al ciclo formativo de formación profesional de grado medio de la familia profesional de Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados, o titulación equivalente y acrediten una experiencia de, al menos, tres años en una ITV acreditada, taller mecánico o línea de producción de vehículos automóviles. Para el computo de esta experiencia, no se tendrá en cuenta, la obtenida por las prácticas académicas realizadas durante el itinerario curricular de la titulación académica que se acredite como requisito de participación en el proceso. Al igual que en la opción anterior, únicamente se entenderán como titulaciones equivalentes al grado de Técnico/a en electromecánica de vehículos automóviles las indicadas a continuación, no siendo admisibles otras diferentes a las aquí recogidas: 

- Técnico/a Auxiliar en Mecánica del Automóvil (Ley 14/1970 y RD 707/1976) plan de estudios de dos años. 

- Técnico/a Auxiliar en Mecánica (Aeronaves) (Ley 14/1970 y RD 707/1976) plan de estudios de dos años. 

- Técnico/a Auxiliar en Electricidad del Automóvil (Ley 14/1970 y RD 707/1976) plan de estudios de dos años. 

- Técnico/a Auxiliar Mecánico del Automóvil (Ley 14/1970 y RD 707/1976) plan de estudios de dos años. 

- Técnico/a Auxiliar Mecánico y Electricista (Ley 14/1970 y RD 707/1976) plan de estudios de dos años. 

- Técnico/a en Electromecánica de Vehículos (RD 1649/1994) plan de estudios de dos años 

- Técnico/a en Carrocería (Rama Transporte y Mantenimiento de Vehículos) – Real Decreto 176/2008, de 8 de febrero. 

C) Estar exento de cumplir dichos requisitos a) ó b) por estar contratado o autorizado como Inspector/a de ITV por las autoridades competentes de los Estados miembros o por un centro de inspección a fecha de 20 de mayo de 2018, o haber estado contratado al menos 4 meses entre el 20/05/2017 y el 20/05/2018. Deberá acreditarlo con la vida laboral, certificado de empresa acreditada en ITV y certificado de competencia. 

Observaciones: Las plazas quedan distribuidas de la siguiente manera: 

- 110 puestos indefinidos a tiempo completo. 

- 186 puestos en la modalidad de fijo discontinuo. 

La solicitud de admisión se presentará exclusivamente por vía telemática a través de www.veiasa.es, apartado Selección de Personal, donde también podrán descargarse los documentos anexos de esta convocatoria. 

Las personas aspirantes deberán presentar una única solicitud telemática, debidamente cumplimentada, utilizando para ello el modelo de solicitud que encontrarán en la plataforma. Se adjunta el modelo de solicitud a estas bases (ANEXO III). 

Junto con la solicitud telemática se deberán presentar todos aquellos documentos que acrediten que los/as aspirantes reúnen los requisitos exigidos para participar en el proceso de selección, así como aquéllos que acrediten los méritos a valorar. Por lo tanto, se adjuntará a la solicitud los siguientes documentos: 

- Titulación académica: Fotocopia del título exigido en la convocatoria, y en su defecto y hasta su obtención, certificado supletorio del mismo. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial oficial que certifique, en su caso, la homologación. 

- Certificado de vida laboral actualizada y acreditación de la experiencia, en los casos de cumplir con el requisito académico 2 (Técnico/a en electromecánica de vehículos móviles). 

- DNI, NIE o Pasaporte acompañado de Permiso de Residencia y Trabajo correspondiente, en vigor (anverso y reverso). 

- En caso de discapacidad igual o superior al 33%, Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictamina el grado de discapacidad del solicitante. 

- Certificación de los méritos a valorar. 

La documentación acreditativa se expone en el aparatado 5 y en el ANEXO I del presente documento. 


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