La
Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven puesta en marcha por el gobierno,
introduce seis
nuevas bonificaciones en materia de contratación para autónomos y microempresas. Las
bonificaciones afectan a los contratos indefinidos, temporales y a tiempo
parcial; al contrato en prácticas; a la incorporación de jóvenes como socios en
cooperativas y sociedades laborales y a la contratación de mayores de 45.
Estas
medidas se mantendrán en vigor hasta que la tasa de desempleo en nuestro país
se sitúe por debajo del 15 por ciento.
Contratación indefinida de desempleados menores de 30 años.
La
contratación podrá a ser a tiempo completo o parcial y dará lugar a una bonificación del 100% en las
cuotas de la Seguridad Social por
contingencias comunes correspondiente durante el primer año de contrato. Se
exige a la empresa tener una plantilla igual o inferior a 9 trabajadores; no
haber tenido vínculos laborales con el trabajador ni haber realizado despidos
improcedentes para puestos de trabajo del mismo centro y grupo profesional en
los 6 meses anteriores a la celebración del contrato; no haber celebrado con
anterioridad otro contrato con arreglo a este artículo
Para la
aplicación de los beneficios, el
trabajador deberá mantenerse en el puesto durante un periodo mínimo de 18 meses salvo que el contrato se extinga por causa
no imputable al empresario o por resolución durante el periodo de prueba. Del
mismo modo, mantener el nivel de empleo durante, al menos, un año desde la
celebración del contrato. Quedan excluidos de esta regulación los contratos
indefinidos de apoyo a emprendedores, los fijos discontinuos, la contratación
de discapacitados y los contratos acogidos al Programa de Fomento del Empleo.
Contratación de mayores de 45 años
Los
autónomos menores de 30 años contraten mayores de 45 que sean desempleados de
larga duración, obtendrán una bonificación del 100% de las cuotas de la
seguridad social por contingencias comunes durante un año. Esto será de aplicación al primer
contrato de trabajo celebrado
por el autónomo y se exigirá un un compromiso de permanencia de 18 meses. Este
beneficio también será de aplicación para la contratación de beneficiarios del
Plan Prepara. No será acumulable con otras bonificaciones o reducciones de las
cuotas de la Seguridad Social.
Contratos a tiempo parcial de jóvenes con vinculación formativa
Las
empresas que contraten con una plantilla inferior a 250 trabajadores que
contraten a jóvenes
sin experiencia laboral obtendrán
una bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social por
contingencias comunes durante un año. Si la plantilla fuera superior, podrán
aplicar una bonificación del 75%. El trabajador deberá compatibilizar el empleo
con la formación o justificar haberla realizado en los seis meses previos a la
contratación. El contrato puede ser indefinido o de duración determinada, con
una jornada máxima del 50%.
La
empresa deberá mantener el nivel de empleo durante el periodo estipulado en el
contrato con un máximo de doce meses y no haber realizado despidos
improcedentes en los seis meses anteriores en puestos de trabajo similares.
Este incentivo podrá aplicarse igualmente en la contratación de trabajadores
con una experiencia laboral previa inferior
a tres meses, que proceda de otro sector de actividad o lleve desempleado
doce meses.
Contrato de primer empleo para jóvenes
Las
empresas que contraten a jóvenes sin experiencia mediante contratos temporales para luego
transformarlos en indefinidos disfrutarán
de una bonificación de las cuotas de Seguridad Social durante tres años por
importe de 500 euros o 700 si se contrata a una mujer. El contrato temporal
debe tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 6 y suponer al menos un
75% de la jornada a tiempo completo. Se exige a la empresa mantener el empleo
durante un mínimo de un año a raíz de la transformación del contrato en
indefinido. Los trabajadores deberán ser menores de 30 años, desempleados y con
una experiencia laboral inferior a 3 meses.
Contrato de primer empleo en prácticas
Las
empresas que contraten a menores de 30 sin experiencia o con una experiencia
menor de 3 meses mediante contratos en prácticas disfrutarán de una bonificación del 50% de las
cuotas a la Seguridad Social. El contrato durará entre 3 y
6 meses, salvo que establezca otra cosa en convenio. En todo caso, nunca
excederá de 12 meses. Podrá prorrogarse una única vez siempre y cuando no supere
esa duración.
El
contrato deberá celebrarse a
jornada completa o a tiempo parcial siempre que, en este último caso, la
jornada sea superior al 75% de la correspondiente a un trabajador a tiempo
completo comparable. Se exigirá a la empresa o el autónomo no haber tomado
decisiones extintivas improcedentes en los 6 meses anteriores. En el supuesto
de contratos de trabajo celebrados con trabajadores para ser puestos a
disposición de empresas usuarias, esta limitación se entenderá referida en todo
caso a la empresa usuaria.
Las
empresas que, al cabo de tres meses desde su celebración, transformen los contratos en
indefinidos disfrutarán
de una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 500
euros/año durante tres años, siempre que la jornada pactada sea al menos del 50
% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable. En el
caso de mujeres serán 700 euros. Para la aplicación de los beneficios, la
empresa deberá mantener el nivel de empleo alcanzado con la transformación
durante al menos 12 meses.
Incorporación de jóvenes a entidades de economía social
Las cooperativas o sociedades
laborales que
incorporen a jóvenes menores de 30 años como socios trabajadores disfrutarán de
una bonificación de las cuotas a la Seguridad Social durante 3 años. La
bonificación será de 800 euros al año durante tres años en el caso de las
cooperativas y sociedades laborales y de 1.650 euros al año en el caso de las
empresas de inserción que incorporen a jóvenes menores de 30 años en situación de
exclusión social.
Post de http://www.pymesyautonomos.com
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