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domingo, 13 de octubre de 2024

Empleo Público: Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Administración General (Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública - Junta de Andalucía)


Organismo: Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública - Junta de Andalucía

Plazas: 87 Turno libre (Discapacidad: 7) / 17 Adicionales (Discapacidad: 1)

Plazo: Hasta el 29/10/2024

BOJA nº 191 de 01/10/2024

Requisitos: 

- Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en relación con el artículo 107 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de personas con nacionalidad española y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras. 

- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 

- Estar en posesión del título contemplado en el Anexo I correspondiente al cuerpo al que se presenta u otro título equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención. (Código: C2.1000.) 

- Titulación de acceso: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o cualquier titulación equivalente a la misma. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea. 

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo a que se aspira. 

- No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo a que se aspira. En el caso de ser la persona aspirante nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 

Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera. 

Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria. 

Observaciones: 

1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo III de la presente resolución. La presentación de las solicitudes se realizará de manera electrónica, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. La presentación electrónica requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos a través de la dirección web del empleado público de Andalucía o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/libresolicitudes

a) La cumplimentación electrónica de la solicitud de participación (Anexo III). 

b) La aportación de documentación en caso necesario. 

c) La formalización del abono de tasas (modelo 046), salvo que concurra causa de exención del pago. 

d) La firma y la presentación ante el registro electrónico de la solicitud. 

2. Quienes deseen participar harán constar en su solicitud el turno por el que concurren (turno general o cupo de discapacidad, y dentro de este cupo, reserva para personas con discapacidad general o reserva para personas con enfermedad mental), entendiéndose que optan por el turno general si no hacen constar este dato. Asimismo, identificarán en su solicitud de forma inequívoca esta convocatoria, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al cuerpo a que se aspira. 

El plazo de abono de la citada tasa mediante el modelo 046 coincide con el plazo de presentación de la solicitud (Anexo III de la presente resolución de convocatoria) que, como se establece en el apartado 6 de la presente base, es de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA.


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