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miércoles, 25 de septiembre de 2024

Empleo Público: Arquitectos/as (Ayuntamiento de Puerto Real)



Organismo: Ayuntamiento de Puerto Real 

Plazas: 2 Turno libre

Plazo: Hasta el 15/10/2024

BOE nº 225 de 17/09/2024

Convocatoria BOP Cádiz

Requisitos: 

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en lo sucesivo, TREBEP). 

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad para la jubilación forzosa. 

c) Estar en posesión del título de Arquitecto/a o Grado en Arquitectura más máster habilitante o equivalentes verificados por el Consejo de Universidades a través del cauce procedimental previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea. 

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que aspira. En el supuesto de discapacidad deberá acreditarse la compatibilidad de ésta con el desempeño de las tareas de la plaza a la que se pretende acceder. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Órgano de Selección adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de modo que gocen de igualdad de oportunidades. 

e) No haber sido separado/a o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme, mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para prestar servicios en la Administración Local. 

g) Haber abonado la tasa por derechos de examen establecida en la cantidad de 29,90 euros en la Ordenanza Fiscal reguladora de los derechos de examen por concurrencia a pruebas selectivas convocadas por el Ayuntamiento de Puerto Real, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz n.º 240 de 18 de diciembre de 2009. 

Los requisitos precedentes deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera. Cuando se trate de requisitos de capacidad para el desempeño de las funciones públicas también deberán preservarse a lo largo de la carrera profesional. 

Observaciones: Quienes deseen participar en los procesos selectivos deberán cumplimentar la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo normalizado de solicitud (ANEXO I) y auto baremo (ANEXO II) habilitado al efecto, que se encontrará a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Puerto Real. Enlace sede electrónica Ayto. Puerto Real 

Las solicitudes de admisión se presentarán conforme al punto 3º de las Bases Generales. A la solicitud de admisión (modelo normalizado ANEXO I) se adjuntará la siguiente documentación: 

- Fotocopia del DNI. 

- Fotocopia del Título exigido en la Base tercera, punto 1.c) de las presentes Bases. 

- Anexo de auto baremación de méritos (ANEXO II) según el modelo incluido en la solicitud, conforme al baremo establecido en las presentes bases, para las personas aspirantes que aleguen méritos a valorar en la fase de concurso en los términos establecidos en la Base 6.3. Se acompañarán los documentos justificativos de los méritos, que se presentarán conforme a lo dispuesto en las Bases. 


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