Organismo: EMADESA, S.A.
Plazo: Hasta el 09/01/2024
BOP de Cádiz 232 de 07/12/2023
Requisitos:
1) Poseer la nacionalidad española o cumplir con lo establecido en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, pro el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de 4/2000 de 11 de enero, reguladora de los Derechos y Libertades de los extranjeros residentes legalmente en España, podrán acceder a los puestos convocados y reservados para el personal laboral debiendo acreditar en la fase de comprobación de requisitos, en caso de superación del proceso selectivo, que reúnen las condiciones legales para ser contratados.
2) Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea
3) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación
4) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
5) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de CC.AA., ni hallarse inhabilitado/a para empleo o cargo público por resolución judicial o para ejercer funciones similares a las del puesto convocado, salvo prescripción de las sanciones. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
6) No estar incurso en las causas de incapacidad o incompatibilidad establecidas en la legislación vigente.
7) No haber concluido la relación laboral en anteriores planes de empleo por no superación de periodo de prueba o habiéndola superado, no haber estado incurso en sucesivas bajas con duración extensiva a la del propio contrato.
8) Ser persona perteneciente a los colectivos de atención prioritaria.
Se considerarán colectivos vulnerables de atención prioritaria, a los que le es de aplicación alguno de los colectivos incluidos en el artículo 50 efectos de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, esto es:
- Las personas jóvenes especialmente con baja cualificación.
- Personas en desempleo de larga duración.
- Personas con discapacidad.
- Personas con capacidad intelectual limitada.
- Personas con trastornos del espectro autista.
- Personas LGTBI, en particular trans.
- Personas mayores de cuarenta y cinco años.
- Personas migrantes.
- Personas beneficiarias de protección internacional y solicitantes de protección internacional en los términos establecidos en la normativa específica.
- Personas víctimas de trata de seres humanos.
- Mujeres con baja cualificación.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Personas en situación de exclusión social.
- Personas gitanas, o pertenecientes a otros grupos poblacionales étnicos o religiosos.
- Personas trabajadoras provenientes de sectores en reestructuración.
- Personas afectadas por drogodependencias y otras adicciones.
- Personas víctimas del terrorismo.
- Personas cuya guardia y tutela sea o haya sido asumida pro las Administraciones públicas.
- Personas descendientes en primer grado de las mujeres víctimas de violencia de género.
- Personas adultas con menores de dieciséis años o mayores dependientes a cargo, especialmente si constituyen familias monomarentales y monoparentales.
- Otros colectivos de especial vulnerabilidad que se puedan determinar en el marco del Sistema Nacional de Empleo.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse al día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso de selección.
Observaciones: Los interesados/as deberán presentar en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente en que aparezca publicado el anuncio de convocatoria en el B.O.P de Cádiz, (tablón de anuncios del Ilustre Ayto. de San Roque, tablón de anuncios Emadesa y en el Portal de Transparencia del Ilustre Ayuntamiento de San Roque), en las oficinas de Emadesa., Camino Viejo de Gaucin, s/n 11360 San Roque, de 10:00 a 14:00 Horas, sin perjuicio de que pueda hacerse uso de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la siguiente documentación:
- Instancia/solicitud debidamente rellenada, en la que se incluye:
- Declaración responsable del cumplimiento del requisito 5) del artículo 2 de las presentes bases, y Declaración responsable del cumplimiento del requisito 6) del artículo 2 de las presentes bases.
- Fotocopia compulsada de D.N.I.
- Fotocopia compulsada del permiso de conducir B1 en vigor en caso de poseerlo.
- Currículum Vitae con fotografía
- Certificado de vida laboral y contratos para acreditar la experiencia para el puesto de trabajo. (Si no se presentan ambos documentos, vida laboral y contrato de trabajo no podrá valorarse la experiencia).
- Cursos realizados.
Para la válida valoración deberán acompañarse de certificado en el que se haga constar el n.º de horas, debiendo haberse cursado en organismos oficiales, públicos o privados.
Todos los informes en idioma extranjero necesitarán de su traducción por interprete jurado oficial.
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