Descripción: Ayudas Instituto de la Juventud de España, Injuve para la Creación Joven 2023/2024 para proyectos a desarrollar durante el año 2024 en ámbitos como las artes visuales, escénicas, música, literatura, diseño, cómic e ilustración.
Destinatarios/as: Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas y jurídicas, de nacionalidad española, y todas aquellas con residencia legal en España, que tengan entre 18 y 30 o 35 años de edad, según sea el objeto de la ayuda.
Cuando se trate de proyectos en los que participen más de una persona, el requisito de edad se exigirá a todos los beneficiarios. En el caso de grupos musicales y compañías de artes escénicas, el requisito de edad se exigirá tanto a la dirección artística como al cuadro de interpretación artística.
Cuando se trate de personas jurídicas, el requisito de edad se exigirá a las personas físicas que figuren como representantes en sus órganos directivos en el año de la convocatoria.
Líneas de actuación:
- Investigación: realización de investigaciones en proyectos vinculados a los ámbitos de la convocatoria (18 a 30 años), hasta 3.000€
- Producción de obra: realización de proyectos artísticos con libertad de formato y técnica (18 a 30 años), hasta 5.000 €.
- Movilidad de obra producida y/o movilidad de creadores en espacios especializados, giras o residencias (excepto estudios reglados) en ámbito nacional e internacional (18 a 30 años), hasta 5.000€.
- Comisariado Sala Amadís del Instituto de la Juventud: comisariado de exposiciones, programación talleres u otras actividades de creación emergente a desarrollar en grupo o colectivo (18 a 30 años), hasta 7.000 €.
- Emprendimiento para la creación joven: desarrollo de proyectos de emprendimiento cultural cuya finalidad sea iniciar una actividad o mantener una de reciente creación en ámbito nacional o internacional (18 a 35 años), hasta 10.000 €.
Plazo de inscripción: Antes del 12 de mayo 2023
Observaciones:
La solicitud se puede presentar por una de estas vías:
- A través de la sede electrónica con tu DNI digital o CERTIFICADO DIGITAL. Para poder firmar la documentación es necesario el uso del programa Autofirma, que podéis descargar en vuestro equipo.
- A través de oficinas de registro. Ten en cuenta que para presentar la solicitud en la oficina de registro del Injuve es necesario solicitar cita previa a través del teléfono 917827663 o por correo electrónico: registrogeneral@injuve.es
- A través de cualquiera de los otros medios especificados en la el artículo 5.2 de la Resolución de esta Convocatoria.
Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que estén incluidas en las circunstancias indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre están obligadas a presentar la solicitud a través de medios electrónicos, es decir, en la sede electrónica.
Más información:
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