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miércoles, 21 de abril de 2021

Empleo Público: Monitor/a de servicios sociales (Delegación de asuntos sociales - Ayuntamiento de Arcos de la Frontera)




Organismo: Ayuntamiento de Arcos de la Frontera 

Plazas: 1

Plazo de inscripción: 05/05/2021

BOP de Cádiz nº 73 de 21/04/2021 (Pág.17)

Requisitos: 

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 

b) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario correspondiente, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 

c) Estar en posesión de la titulación de Bachillerato. 

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto. 

e) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. 

f) Estar en posesión del carnet de conducir B1. 

g) Poseer certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales actualizado. 

Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. 

Las personas con discapacidad deberán además acreditar, tanto su condición discapacitado como su capacidad para desempeñar las funciones del puesto de trabajo. 

Observaciones: Las instancias se presentarán en el modelo que se adjunta a la presentes bases (en que se incluye autobaremación de méritos), en el que se manifestará que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera de esta convocatoria a fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, comprometiéndose a probar los datos en el momento que le fueran requeridos, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en los mismos. 

Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas. 

En caso de presentar las instancias en una Administración distinta o por correo, y al objeto de agilizar el procedimiento, el interesado lo comunicará al Ayuntamiento vía fax, o por correo electrónico, en ambos casos el solicitante habrá de comprobar la recepción de dicha comunicación. Las solicitudes presentadas en soporte papel que presenten enmiendas o tachaduras, serán desestimadas. 

Mediante instancias dirigidas al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Arcos de la Frontera, se presentarán en la forma prevista en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles a partir de su publicación en el Boletín oficial de la Provincia.



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