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domingo, 24 de enero de 2021

Bolsas de empleo: Bolsa de empleo para puestos de técnicos/as y oficiales (Ayuntamiento de Zahara de la Sierra)




Organismo: Ayuntamiento de Zahara de la Sierra (Cádiz)

Plazo: 22/03/2021

BOP de Cádiz nº 13 de 21/01/2021 (Pág.8 y10)

Descripción: Se abre  una bolsa de empleo que atienda a las necesidades temporales de este Ayuntamiento para puestos de técnicos/as y oficiales:

Categoría de técnicos/as:

- Técnico/a de sonido. 

- Técnico/a de deporte. 

- Técnico/a de juventud. 

- Técnico/a de turismo

Categoría de oficiales:

- Oficial de 1ª de albañilería. 

- Oficial de 1ª de carpintería madera. 

- Oficial de 1ª de carpintería metálica. 

- Oficial de 1ª de electricidad. 

- Peón de albañilería. 

- Oficial de 1ª de fontanería. 

- Oficial de 1ª de jardinería. 

- Oficial de 1ª de pintura.

Observaciones: Las instancias podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para los casos de envío de documentación por otros medios no físicos en las oficinas del Ayuntamiento, la entidad habrá de tener constancia (con fecha límite al último día de presentación), a cuyo efecto deberá remitirse copia de la solicitud al correo electrónico josefainmaculada.calle.gomez@zaharadelasierra.es

El modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas será el que figura como Anexo I a las presentes bases.

Documentación:

a) Original o copia auténtica del Documento Nacional de Identidad. 

b) Original o copia auténtica de los títulos de formación para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con original o copia auténtica de los títulos correspondientes en los que conste las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. 

c) La experiencia se acreditará mediante original o copia auténtica de contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto a la Vida Laboral. 

d) Vida Laboral actualizada. 

e) En caso de alegar discapacidad, se deberá acreditar por resolución firme de la Consejería o por órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente o en su caso, par el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e lgualdad, reconociendo un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

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