Descripción: La Beca Andalucía Segunda Oportunidad está dirigida a facilitar la reincorporación de las personas jóvenes al sistema educativo para obtener una titulación de educación secundaria, para el curso escolar 2020-2021
Entidad convocante: Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía
Duración: Curso académico 2020-2021
Dotación: 403,38 Euros/Mes
BOJA nº 246 de 23/12/2020 (Pág.51)
Requisitos: La Beca Andalucía Segunda Oportunidad va dirigida a personas con edades comprendidas entre los 18 y los 24 años de la Comunidad Autónoma de Andalucía que hayan abandonado el sistema educativo sin haber obtenido alguna titulación de educación secundaria obligatoria o educación secundaria postobligatoria.
Podrán ser personas beneficiarias aquellas que estando matriculadas del curso completo en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria para personas adultas, bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial o de artes plásticas y diseño, cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 25 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad.
Observaciones: La Beca Andalucía Segunda Oportunidad que se regula en la presente orden va dirigida específicamente al sector de población afectado por el denominado abandono educativo temprano y pretende ser un instrumento útil para facilitar la reincorporación al sistema educativo andaluz de estas personas, compensando, por un lado, la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio y, por otro, favoreciendo su formación, contando, por ello, con mayores posibilidades de encontrar un empleo cuando finalice su proceso formativo, accediendo al mercado de trabajo con las mejores condiciones de empleabilidad.
De conformidad con el artículo 4 de las bases reguladoras la cuantía mensual de la beca será el 75% del IPREM mensual que se apruebe anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente al año en que se realice la convocatoria.
En virtud del artículo 134.4 de la Constitución Española, los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al ejercicio 2019 y 2020 son prórroga del correspondiente al ejercicio 2018 por lo que, de conformidad con la disposición adicional centésima décima novena de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá durante 2020 la cuantía mensual de 537,84 euros.
A tenor de lo dicho, la cuantía mensual de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad para el curso 2020-2021 será de 403,38 euros.
Nº de plazas: 495 Becas
Fecha de fin de solicitudes: 22/01/2021
La solicitud se ajustará al modelo que como anexo acompaña a la resolución de convocatoria y deberá cumplimentarse mediante el formulario que estará disponible en el portal web de becas y ayudas al estudio de la Consejería competente en materia de educación.
La solicitud de ayuda se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación y Deporte, www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/
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