Descripción: La Beca Adriano está dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación, para el curso escolar 2020-2021
Entidad convocante: Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía
Duración: Curso académico 2020-2021
Dotación: 1.700 Euros
BOJA nº 246 de 23/12/2020 (Pág.39)
Requisitos:
a) Reunir los requisitos y condiciones para ser persona beneficiaria de la beca de cuantía fija ligada a la renta de la normativa de becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios postobligatorios no universitarios del Ministerio competente en materia de educación, a excepción de los referidos a la nota media y a la carga lectiva superada, recogidos en los artículos 18.2, 19.2 y 30 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
b) Alcanzar una nota media igual o superior a 5 puntos e inferior a la nota mínima que se establezca en la normativa del Ministerio competente en materia de educación, cuando esta se fije por encima de 5 puntos, en el curso o prueba de acceso a las enseñanzas para las que solicita la beca. Con respecto a los especificado en los apartados a) y b) anteriores, poner de manifiesto que el Real Decreto 688/2020, de 21 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2020-2021 y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, en su disposición final primera establece lo siguiente: «El Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, queda modificado como sigue: Uno. El apartado 2 del artículo 18 queda redactado en los siguientes términos: “2. Carga lectiva superada.
Los estudiantes de primer curso de bachillerato deberán acreditar no estar repitiendo curso y haber obtenido una nota media de 5,00 puntos en el cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria o prueba de acceso, en su caso.
Los estudiantes de primer curso del resto de enseñanzas a que se refiere este artículo deberán acreditar no estar repitiendo curso total ni parcialmente. Los estudiantes de segundos y posteriores cursos organizados por asignaturas deberán acreditar haber superado todas las asignaturas del curso anterior, con excepción de una.
Las personas estudiantes de segundos y posteriores cursos organizados por módulos deberán acreditar haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que supongan el 85 por ciento de las horas totales del curso en que hubieran estado matriculados. No se concederán becas o ayudas a quienes estén repitiendo curso total o parcialmente.
Observaciones: Se entenderá que cumplen el requisito académico para ser becarios quienes hayan repetido curso cuando tengan superadas la totalidad de las asignaturas de los cursos anteriores a aquel para el que solicita la beca o ayuda.
Sólo podrá obtenerse beca o ayuda durante el número de años que dure el plan de estudios. No obstante, quienes cursen enseñanzas no presenciales o utilicen ofertas de matrícula parcial o específica para personas adultas podrán obtener becas y ayudas durante un año más.”
Se realiza la convocatoria de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse en la modalidad presencial alguna de las siguientes enseñanzas oficiales en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el curso escolar 2020-2021:
a) Enseñanzas de Bachillerato.
b) Enseñanzas de segundo curso de Grado Medio de Formación Profesional, de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y de las Enseñanzas Deportivas.
c) Enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas.
d) Enseñanzas Artísticas Superiores.
Queda excluido del ámbito de aplicación de esta convocatoria el alumnado que curse enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas.
En aplicación de lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 29 de enero de 2014, la cuantía de la Beca Adriano a conceder a cada persona beneficiaria queda fijada para el curso escolar 2020-2021 en 1.700 euros.
Fecha de fin de solicitudes: 22/01/2021
Las solicitudes se cumplimentarán ajustándose al formulario que estará disponible en el portal web de becas y ayudas al estudio de la Consejería de Educación y Deporte, en la dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/educacion/webportal/web/becas-y-ayudas
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