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lunes, 24 de agosto de 2020

Bolsa de empleo: Auxiliares de Ayuda a Domicilio en régimen de contratación laboral de duración determinada (Ayuntamiento de Bornos)




Organismo: Ayuntamiento de Bornos (Cádiz)

Plazo: 21/09/2020



Requisitos: 

1.-Ser español/a o nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o extranjero en los términos de la Ley Orgánica 4/ 2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. 

2.-Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa. 

3.-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones y tareas. La condición de discapacidad y su compatibilidad se acreditarán por certificación de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía. 

4.-No haber sido separado, mediante expediente disciplinario o despido, del servicio de alguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado, para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. 

5.-No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente. 

6.-Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos o certificados: De conformidad con la Resolución de 10 de julio de 2018, conjunta de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y de la Secretaría General de Servicios Sociales, por la que se establecen los requisitos de acreditación de la cualificación profesional y de las habilitaciones de las personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio, y se regula y convoca el procedimiento de las habilitaciones. El personal auxiliar de ayuda a domicilio debe acreditar la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero. 

A estos efectos, son válidos los siguientes títulos:

a) Título de Técnico o Técnica en Cuidados Auxiliares de Enfermería, establecido por el Real Decreto 546/1995, de 7 de abril. 
b) Título de Técnico o Técnica Auxiliar de Enfermería, establecido por el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril. 
c) Título de Técnico o Técnica Auxiliar de Clínica, establecido por el Real Decreto 777/1998, de30 de abril. 
d) Título de Técnico o Técnica Auxiliar de Psiquiatría, establecido por el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril. 
e) Título de Técnico o Técnica en Atención a Personas en Situación de Dependencia, establecido por el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre. 
f) Título de Técnico o Técnica en Atención Sociosanitaria, establecido por el Real Decreto 496/2003, de 2 de mayo. 
g) Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio, establecido por el Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto. 
h) Certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio, establecido por el Real Decreto 331/1997, de 7 de marzo. 
i) Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas dependientes en instituciones sociales, establecido por el Real Decreto 1379/2008, de1 de agosto. 
j) Cualquier otro título o certificado que en el futuro se determine con los mismos efectos profesionales. 

Observaciones: Las instancias solicitando tomar parte de la Bolsa de Trabajo irán dirigidas al Sra. Concejala de Personal, pudiéndose presentar, debidamente cumplimentadas, en el Registro General del Ayuntamiento de 9 a 14:00 horas, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz conforme al modelo que figura como Anexo 1 a estas Bases. 

A la instancia, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos señalados en la base cuarta, se acompañará fotocopia compulsada del D.N.I., N.I.E. o, en su caso, pasaporte y de la siguiente documentación:

- Copia compulsada del título académico/certificado de profesionalidad/declaración jurada exigido en la Base Segunda. 
- Copia compulsada de los méritos alegados En materia de formación: certificados expedidos por los organismos públicos que los han impartido. Los relativos a la experiencia: mediante certificados expedidos por las Administraciones Públicas y/o las empresas o entidades en las que haya prestado servicios comprensivos del puesto de trabajo desempeñado y duración o en su caso contrato de trabajo
- Certificado de vida laboral. 
- Hoja de autobaremación de méritos debidamente cumplimentada y suscrita, según el modelo que se adjunta como Anexo II.


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