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lunes, 29 de junio de 2020

Bolsa de empleo: Bolsa de trabajo de emergencia social (Ayuntamiento de Rota)



Organismo: Ayuntamiento de Rota (Cádiz)

Plazo de inscripción: 10/07/2020

Enlace a convocatoria y solicitud


Requisitos: 

a) Ser español/a, ciudadana de la Unión Europea o, en su caso, cumplir los requisitos que establece la legislación de extranjería. 

b) Tener cumplido los 16 años y no haber excedido, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa. 

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos de cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 

d) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas. 

e) No haber sido objeto de despido disciplinario, que haya sido procedente. 

f) Dado el carácter de emergencia social, a los requisitos generales se le añadirá el hecho de que la persona esté desempleada e inscrita como demandante de empleo en la oficina del Servicio Andaluz de Empleo en la fecha que en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, excluyéndose así lo referente a la mejora de empleo. 

g) Además el aspirante a participar en la bolsa de emergencia no podrá recibir una renta bruta familiar superior al indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), en caso de unidad familiar de un solo miembro. Si la unidad familiar se compone de más de un miembro este límite se calculará incrementando el IPREM en un 25% por cada uno de los miembros adicionales de la misma. Se considerará renta bruta de la unidad familiar todos los ingresos económicos procedentes de: rendimientos derivados de actividades empresariales o profesionales y percepciones salariales por cuenta ajena; pensiones, prestaciones económicas o análogos, capital mobiliario, rendimientos procedentes de capital mobiliario, donaciones y herencias. Asimismo, se entiende por unidad familiar el conjunto de miembros que convivan con el solicitante en el domicilio familiar. A estos efectos, la renta a tener en cuenta, será la del mes de Mayo de 2020. 

Las personas interesadas que formen parte del proceso selectivo deberán reunir los requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias. Una vez comprobada la documentación presentada en la fase de acreditación de la misma, si se verifica que no se reúnen dichos requisitos, el candidato quedará automáticamente eliminado, salvo que el defecto u error sea subsanable. 

No se podrá contratar simultáneamente a una persona en virtud de esta bolsa, si el Ayuntamiento o sus empresas públicas tiene contratado a un integrante de la unidad familiar en cualquiera de sus modalidades contractuales, ni tampoco si algunos de dichos miembros han estado trabajando para el Ayuntamiento o sus empresas públicas, durante un plazo al menos de seis meses dentro de los doce meses últimos. No obstante, y sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las personas integrantes de estas bolsas o las unidades familiares, podrán compatibilizar su inclusión en la misma, y al mismo tiempo su inclusión en las bolsas generales.


Observaciones: La bolsa de trabajo que se crea tendrá como objeto la de tener disponible personal seleccionado que puedan prestar sus servicios como personal laboral por cuenta ajena, cuando sea necesitado por parte del Ayuntamiento y/o sus sociedades públicas. 

Las funciones que desempeñarán las personas seleccionadas por la presente bolsa serán las siguientes: 

1. Servicio de limpieza de edificios municipales. 
2. Servicio de limpieza viaria. 
3. Servicios no cualificados en playas. 
4. Cualquier otro puesto no cualificado que se determine. 

Las solicitudes se presentaran conforme al modelo que se anexa y dentro del plazo de 10 días hábiles (desde el día 29 de Junio hasta el 10 de Julio de 2020) siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Rota, en la página web https://www.aytorota.es/.

Asimismo, también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2.015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

El horario de presentación de solicitudes será de 9:00 a 13:00 horas. No podrá ser atendido ningún ciudadano que no tenga cita previa para ese día, que deberán solicitar por teléfono o desde la página web del Ayuntamiento web https://www.aytorota.es/ en sede electrónica/cita previa. 

El lugar de presentación de las solicitudes será en la Jefatura de la Policía Local, ubicada en la calle Orfebres número 16 de Rota (Cádiz).





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