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jueves, 19 de marzo de 2020

Noticias: Prorrogados los plazos de caducidad de los permisos de conducción (Dirección General de Tráfico)




El Real Decreto 463/2020, que regula el estado de alarma, suspende los plazos para la tramitación de procedimientos del sector público.

Los plazos de caducidad de los permisos de conducción quedan prorrogados durante el estado de alarma, de forma que no tendrán que ser renovados mientras la situación continúe vigente.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, recoge en su disposición adicional tercera que "se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo".

De esta forma, la vigencia de los permisos de conducción que caduquen durante el estado de alarma queda automáticamente prorrogada, y sólo tendrán que ser renovados una vez se declare el fin de la situación actual. Esto, sin embargo, no impide que pueda sancionarse a aquellos conductores que circulen con un permiso caducado con bastante anterioridad.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya había anunciado que suspendía los trámites presenciales en las Jefaturas de Tráfico, cancelando todas las citas que había asignadas, aunque ha comunicado que se pueden seguir realizando gestiones administrativas a través de la administración electrónica o por teléfono.


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