Titulación Requerida: Licenciatura
Organismo: Ministerio de Defensa
Plazas: 278
Plazo: 04/06/2013
Requisitos:
1. Generales: Para ser admitidos al proceso de selección los aspirantes
deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, los requisitos que a continuación se relacionan. Asimismo, dichos
requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro
docente militar de formación. 1.1. Nacionalidad española.
1.2. Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los
dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2013 las
siguientes edades: a) Ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria
previa: 20 años. b) Ingreso directo con exigencia de titulación universitaria
previa: 26 años.
1.3. No estar privado de los derechos civiles.
1.4. Carecer de antecedentes penales. En la solicitud de admisión en el
proceso de selección (apéndice 1 A ó 1A/1, consultar bases), el aspirante
deberá cumplimentar el apartado correspondiente, indicando si autoriza al
Ministerio de Defensa a solicitar de oficio del Registro Central de Penados la
certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes
penales. En caso contrario, si opta por no conceder esta autorización, deberá
aportar con la documentación de solicitud el certificado de que carece de
antecedentes penales expedido por el Registro Central de Penados.
1.5. No hallarse procesado o imputado en procedimiento judicial por delito
doloso.
1.6. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, de los órganos constitucionales
o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas ni hallarse
inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
1.7. No haber causado baja de un centro docente militar de formación por
los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007.
1.8. No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las
Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de
facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
1.9. No podrán participar en los procesos de selección para cursar
enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja
en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el
artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007. 1.10. Carecer de tatuajes que contengan
expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades,
virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las
Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o
inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Así
mismo, no son permitidos los tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las
diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas, no especiales,
cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden Ministerial
6/1989, de 20 de enero.
2. Específicos de titulación. Estar en posesión de alguno de los siguientes
documentos, en los plazos que se indican en la base cuarta:
2.1. Sin exigencia de titulación universitaria previa a) El documento
oficial acreditativo de haber superado la prueba de acceso a las enseñanzas
universitarias oficiales de Grado (PAU). b) En el caso de alumnos procedentes
de sistemas educativos de otros países, presentar la credencial de
convalidación de la prueba de acceso del país origen con la prueba de acceso a
la Universidad española.
2.2. Con exigencia de titulación universitaria previa. Estar en posesión de
la titulación universitaria de carácter oficial y con validez en todo el
territorio nacional de alguno de los títulos universitarios oficiales que a
continuación se especifican, según determina el artículo 1 a) 1º de la Orden
DEF/1097/2012:
- Ingeniero informático.
- Graduado en Ingeniería informática.
- Licenciado en Ciencias Matemáticas.
- Graduado en Ingeniería en/de sistemas de información.
- Graduado en Ingeniería del software.
- Graduado en Matemáticas.
- Graduado en Ingeniería de computadores.
- Graduado en Matemáticas y Estadística.
3. El alumno de un centro docente militar de formación no podrá optar a las
plazas del mismo Ejército / Cuerpo en el que cursa sus estudios y en el
supuesto de optar a otro Cuerpo del mismo Ejército deberá reunir los requisitos
exigidos, por el Centro Universitario correspondiente, para efectuar su
matriculación.
Para más información consultar bases.
Observaciones:
- Se convocan los procesos de selección y se aprueban las bases que los
regulan para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante
la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria
previa, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de
Oficiales de los Cuerpo Generales, Cuerpo de Infantería de Marina y Escala
Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
- Para ver distribución de las plazas consultar bases.
- Para poder participar en los procesos de selección, los aspirantes
tramitarán la solicitud (apéndice 1A ó 1A/1, consultar bases), dirigida al
Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, preferentemente de forma
presencial en las Áreas de Reclutamiento y Oficinas Delegadas dependientes de
las Subdelegaciones de Defensa de su provincia de residencia, en las
direcciones que figuran en el apéndice 12, o por correo ordinario a la
Secretaria de Convocatorias de la Subdirección General de Reclutamiento, Paseo
de la Castellana 109, 28071 de Madrid. En este caso, la fecha de entrada será
la que conste en el matasellos correspondiente.
- El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
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