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miércoles, 2 de noviembre de 2016

Becas: Prácticas en Correos ( FUNDACIÓN SEPI / CORREOS 2016)


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Entidad convocante: Fundación SEPI
Duración: Seis Meses prorrogable seis meses más.
Dotación: 600€ mensuales, en el caso de los universitarios y 500€, en el caso de los titulados en FP.
Nº de plazas: 28
Fecha de fin de solicitudes: 07/11/2016




Quienes deseen optar a alguna de las becas del Programa, deberán cumplir los siguientes requisitos: 

- Estar en posesión de alguno de los títulos que se relacionan en el “Listado de Titulaciones” anexo a estas bases, obtenidos en cualquiera de los centros reconocidos en Europa, o en otro caso, homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España. Podrán también presentar su candidatura y optar a las becas convocadas los estudiantes universitarios de las titulaciones a las que se refiere el párrafo anterior con un máximo pendiente de 30 créditos ECTS por aprobar. 

- Idiomas: Nivel medio/alto de inglés, valorables otros idiomas. 

- Haber obtenido el título académico de que se trate con posterioridad al 31 de diciembre de 2013. 

- Estar dispuesto a fijar la residencia en el lugar donde le sea adjudicada la beca.

- No ser beneficiario de algún programa de becas de la FUNDACIÓN, no haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institución durante el periodo formativo, ni haber sido becario de alguno de los programas Fundación SEPI – CORREOS. 

Por excepción, y en aras de la especial protección que, a juicio de la FUNDACIÓN y de CORREOS merece el colectivo de “deportistas de alto nivel”, a que se refiere el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, a los candidatos integrados en dicho grupo no se les aplicará las limitaciones resultantes del apartado 2.3.

Descripción: 

El becario/a del Programa tendrá derecho a obtener los siguientes beneficios: 

a) A disfrutar de un período de formación práctica en alguno de los centros de CORREOS localizados en Madrid. 

b) A percibir una dotación durante el periodo formativo integrada por: Una asignación mensual, o parte proporcional que corresponda en función de la efectiva fecha de incorporación del becario, que variará en función de las siguientes circunstancias: o 600 € para los becarios que hayan finalizado sus estudios universitarios o sean estudiantes con un máximo pendiente de 30 créditos ECTS por aprobar. o 500 € para los becarios que sean técnicos superiores de formación profesional. Dichos importes serán percibidos durante los seis meses siguientes a su fecha de incorporación. En el supuesto de que el becario pase a una situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 % de su asignación durante el primer mes de baja. A partir de ese momento, percibirá la parte de asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para estos casos en la normativa de la Seguridad Social. Un seguro de accidentes, que será suscrito por la FUNDACIÓN a su favor.

c) A ser incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en los términos y condiciones establecidos por el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. 

La acción protectora de la Seguridad Social respecto de los beneficiarios de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo. 

Dirección: Quintana, nº 2 – 3ª planta - 28008 Madrid / Tlf.: 91 548 83 55 / FAX: 91 548 83 59 / N.I.F. G-86621281 

Correo electrónico: becas@fundacionsepi.es 

En el caso de prórroga de la beca, los beneficiarios tendrán los mismos derechos que los establecidos en el apartado anterior. 

Sobre las cantidades íntegras a percibir por el becario, la FUNDACIÓN practicará las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas de la Seguridad Social que resulten exigibles en cada caso, de acuerdo con la normativa aplicable, y comunicará a la Base Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de la normativa vigente, a efectos estadísticos, los importes entregados por este concepto.  

La FUNDACIÓN transferirá a cada beneficiario la cantidad que proceda, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que corresponda, salvo el primer mes, que lo hará una vez transcurrido el mismo.


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