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martes, 30 de julio de 2013

Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

 

En el BOE 179, de 27 de Julio, se publica la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
Como novedades, con respecto al Anteproyecto de Ley, decir que el texto ha sufrido un total de 30 enmiendas.
La mayoría de las modificaciones introducidas con respecto al proyecto de ley amplían las bonificaciones y deducciones previstas. La principal novedad es la ampliación a todos los nuevos autónomos, independientemente de su edad, de la ‘tarifa plana’ de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social, y no sólo a los jóvenes como estaba previsto. Esto supone una rebaja de más de 200 euros sobre las cuotas actuales.
Otras de las enmiendas aprobadas amplían las reducciones y bonificaciones de cuotas a la SS para los discapacitados que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, así como la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad, de 3.000 a 9.000 euros. También se crea una nueva deducción de 12.000 euros por cada persona de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores discapacitados en un grado igual o superior al 65%.
En cuanto a las empresas, se amplía el espectro de sociedades que se pueden beneficiar de los incentivos fiscales por reinversión de beneficios. Ya no sólo podrán acogerse a esta deducción del 10% las empresas con un volumen de negocio inferior a 10 millones, sino que las que lo superen podrán aplicar la deducción en el año inmediatamente posterior al que lo sobrepasaron.
Además, se ha modificado el proyecto de ley para incluir a las cooperativas y sociedades laborales en la tributación especial del Impuesto de Sociedades, que fomenta las entidades de nueva creación y extiende a la innovación tecnológica los incentivos fiscales del I+D.
Por último, la base máxima de deducción para los business angels pasa de 20.000 a 50.000 euros, con la finalidad de canalizar una mayor cantidad de recursos privados hacia las empresas de nueva o reciente creación. Los inversores que aporten capital semilla a una empresa de nueva creación disfrutarán de una deducción del 20% en el IRPF con una base máxima de 50.000 euros al año. Aunque se limita la participación de cada contribuyente y sus familiares directos en la entidad al 40%
Para ampliar información, adjunto el texto completo :  Ley del Emprendedor





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