Plazas: 5.321 (Incluidas plazas para discapacidad y acceso)
Plazo: 07/05/2018
BOJA nº 71 de 13/04/2018 (Pág.43)
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PARTICIPAR POR EL TURNO GENERAL:
CUERPO DE PROFESORES/AS DE ENSEÑANZA SECUNDARIA.
a) Estar en posesión de la titulación de doctorado, licenciatura, arquitectura, ingeniería o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia determinados en el Anexo VI de la presente Orden, para la correspondiente especialidad de acuerdo con lo establecido en el Anexo V del Reglamento de ingreso.
b) Estar en posesión del Título de Especialización Didáctica o del Título Oficial de Máster que acredite la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, regulado en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, sin perjuicio de lo establecido en la base decimoséptima de la presente Orden. .
CUERPO DE PROFESORES/AS TÉCNICOS/AS DE FORMACIÓN PROFESIONAL.
a) Estar en posesión de la titulación de diplomatura, arquitectura técnica, ingeniería técnica o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia determinados en el Anexo VI de la presente Orden, para la correspondiente especialidad de acuerdo con lo establecido en el Anexo VI del Reglamento de ingreso. Asimismo, será de aplicación el apartado 6 de la disposición adicional única del citado Reglamento de ingreso, que establece la equivalencia a efectos de docencia de la experiencia docente previa de al menos dos años en centros educativos públicos dependientes de la administración educativa andaluza por el personal aspirante que tenga la titulación de técnico especialista o técnico superior en una especialidad de formación profesional que pertenezca a la familia profesional de la especialidad a la que se pretende acceder y para la que no se haya llevado a término las cuatro primeras convocatorias a que se refería la disposición transitoria segunda del Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero. El personal integrante de alguna bolsa docente dependiente la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía estará exento de la acreditación de la citada experiencia. - En la Administración educativa andaluza no se han completado las citadas cuatro convocatorias en las especialidades siguientes: Equipos Electrónicos (código 202), Estética (código 203), Fabricación e Instalación de Carpintería y Muebles (código 204), Laboratorio (código 208), Mantenimiento de Vehículos (código 209), Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas (código 211), Operaciones y Equipos de Elaboración de Productos Alimentarios (código 214), Operaciones de Procesos (código 215), Patronaje y Confección (código 217), Peluquería (código 218), Procedimiento Diagnostico Clínico y Ortoprotésico (código 219), Procesos Comerciales (código 221),Procesos de Gestión Administrativa (código 222), Producción en Artes Gráficas (código 223) y Técnicas y Procedimiento de Imagen y Sonido (código 229).
b) Estar en posesión del Título de Especialización Didáctica o del Título Oficial de Máster que acredite la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regulado en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, sin perjuicio de lo establecido en la base decimoséptima de la presente Orden.
CUERPO DE PROFESORES/AS DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS.
a) Estar en posesión de la titulación de doctorado, licenciatura, arquitectura, ingeniería o título de grado correspondiente.
b) Estar en posesión del Título de Especialización Didáctica o del Título Oficial de Máster que acredite la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y regulado en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, sin perjuicio de lo establecido en la base decimoséptima de la presente Orden.
CUERPO DE PROFESORES/AS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.
a) Estar en posesión del Título de Doctor/a, Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia determinados en el Anexo VI de esta Orden, para la correspondiente especialidad de acuerdo con lo establecido en el Anexo VIII del Reglamento de ingreso.
b) Estar en posesión del Título de Especialización Didáctica o del Título Oficial de Máster que acredite la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, sin perjuicio de lo establecido en la base decimoséptima de la presente Orden.
CUERPO DE MAESTROS/AS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.
a) Estar en posesión de la titulación de diplomatura, arquitectura técnica, ingeniería técnica o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia determinados en el Anexo VI de esta Orden, para la correspondiente especialidad de acuerdo con lo establecido en el Anexo IX del Reglamento de ingreso.
b) Estar en posesión del Título de Especialización Didáctica o del Título Oficial de Máster que acredite la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, sin perjuicio de lo establecido en la base decimoséptima de la presente Orden.
REQUISITOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA PARTICIPAR POR EL TURNO DE RESERVA DE DISCAPACIDAD.
Quienes participen por el turno de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales y específicos exigidos para el ingreso en cada uno de los cuerpos que se convocan, deberán tener reconocida una discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento o habérsele declarado en situación de incapacidad permanente en grado total en una profesión distinta a la docente.
Observaciones: Se convocan pruebas selectivas para cubrir 5.321 plazas de los cuerpos de Profesores/as de Enseñanza Secundaria, de Profesores/as Técnicos/as de Formación Profesional, de Profesores/as de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores/as de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros/as de Artes Plásticas y Diseño, en el ámbito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, con el desglose por especialidades y turnos que se indican en las bases de la convocatoria.
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, quienes deseen participar en este procedimiento selectivo deberán cumplimentar el formulario web de participación (Anexo I) y el formulario web de destinos (Anexo V), que facilitará la Administración educativa a través del portal web de la Consejería de Educación (www.juntadeandalucia.es/educacion), de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en el mismo se incluyen. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número identificativo, que dará validez y unicidad a esta.
Las solicitudes serán preferentemente presentadas mediante el registro telemático de la Junta de Andalucía. Si se optase por su presentación ante un registro físico de las Delegaciones Territoriales de Educación, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de su presentación ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud pueda ser fechada y sellada por el personal de correos, de no ser así, no podrá considerarse como presentada en esa fecha.
- No podrá presentarse más de una solicitud, salvo que se opte a más de una especialidad, lo que no le garantiza al personal aspirante que pueda asistir al acto de presentación y a la realización de las pruebas de cada una de las especialidades solicitadas.
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