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miércoles, 18 de enero de 2017

Becas: Convocatoria General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Cádiz. Curso 2016-2017.



Entidad convocante: Universidad de Cádiz
Duración: Curso escolar 2016-2017
Fecha de fin de solicitudes: 31/01/2017




Descripción: Las ayudas que son objeto de la presente convocatoria están destinadas a los alumnos de la Universidad de Cádiz matriculados en el curso académico 2016-2017 en estudios de grado, máster oficial y planes en extinción de primer y segundo ciclo, con escasos recursos económicos y/o un elevado rendimiento académico. 

Podrán optar a: 

- Todas las ayudas: los alumnos que no hayan obtenido beca de la convocatoria del MECD para el curso 2016-17. 
- Todas las ayudas, salvo la de matrícula: aquellos alumnos que únicamente sean beneficiarios de beca de matrícula en la convocatoria del MECD para el curso 2016-17. 
- Todo el alumnado, haya obtenido o no beca del MECD en el curso 2016-17, podrá optar a la ayuda de Rendimiento Académico. 

Requisitos: 

a) Ser español. En el caso de los ciudadanos comunitarios pueden obtener la ayuda de matrícula en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Para la obtención de los demás componentes se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de solicitantes extranjeros no comunitarios, para obtener cualquier ayuda se requiere que estén en posesión del permiso de residencia (no es suficiente el permiso de estancia por estudios). Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2015. 

b) Estar matriculado en un centro de la Universidad de Cádiz. 

c) Cumplir los requisitos de orden académico y económico fijados en esta convocatoria. 

d) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero. 
e) No haber obtenido beca MECD en el curso 2016-17, o haber sido beneficiario únicamente de la ayuda de matrícula. Tampoco podrá disfrutar de otra beca o ayuda de cualquier clase de cualquier otra entidad pública o privada para la misma finalidad. 

- Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, serán miembros computables de la familia: el padre, la madre (o tutores legales), el solicitante, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2015 (o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad), las personas que se encuentre en alguna de las situaciones de acogimiento contempladas en la normativa vigente (debiendo acreditarse la misma), así como los abuelos del solicitante que justifiquen su residencia en el mismo domicilio (con el certificado municipal correspondiente) en la misma fecha citada anteriormente. Para el citado cálculo se tomarán tanto los ingresos declarados como aquellos no declarados en la AEAT, debiendo ser acreditados estos últimos mediante certificación emitida por la persona física o jurídica pagadora. 

- En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos, si los hubiere, y que convivan en el mismo domicilio. 

- En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil y edad, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio (en ambos casos referido a todo el año 2015). 

En caso contrario, se entenderá no probada la independencia, por lo que, para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de esta ayuda, se podrán computar los ingresos correspondientes a los miembros computables de la unidad familiar a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 15 de la Resolución de 11 de agosto de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades. Se entenderá como medios económicos propios suficientes una renta libre anual de 2.500,00 euros, una vez deducidos los gastos de alquiler o compra de la vivienda (en el año 2015) considerada domicilio familiar. En el caso de estudiantes que formen una unidad familiar independiente no procederá la concesión del incremento en la cuantía de desplazamiento. 


Plazo: El plazo de solicitud de las ayudas será el comprendido entre los días 10 y 31 de enero de 2017, ambos inclusive. Este plazo será improrrogable, por lo que, aquellos alumnos cuya solicitud de beca del Ministerio de Educación Cultura y Deporte esté pendiente de resolución deberán hacer uso del mismo para poder optar a la beca de la Universidad de Cádiz. La concesión de los componentes de beca de la Universidad de Cádiz será incompatible con cualquier otra ayuda recibida para ese mismo fin.


La solicitud se realizará a través del apartado correspondiente del C.A.U., habilitándose un acceso directo al mismo en la página web http://www.uca.es/atencionalumnado/becas-universidad-cadiz. - No se procederá al traslado automático de las solicitudes presentadas para la convocatoria de becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a la convocatoria de becas y ayudas de la Universidad de Cádiz, por lo que, en todo caso, el alumnado deberá presentar su solicitud para optar a la concesión de beca. 

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