Organismo: Consejería de Educación, Cultura y Deporte
Plazo: 20/01/2014
BOJA nº 3 de 07/01/2014
Requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de
aplicación la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo, sobre libre
circulación de personas trabajadoras y la norma que se dicte para su
incorporación al ordenamiento jurídico español y el Real Decreto 240/2007, de
16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de
ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte
en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real
Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.
b) Tener cumplida la edad mínima de acceso a la Función Pública y no haber
alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación
forzosa.
c) No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica
incompatibles con el desempeño de las funciones docentes correspondientes al
cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No estar en situación de separación del servicio, por expediente
disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y no hallarse
cumpliendo pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas. En
el supuesto de no estar en posesión de la nacionalidad española, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de
abril, se deberá acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en el país de origen, el acceso a la función pública.
e) Poseer la capacidad funcional y competencia profesional, tanto teórica
como práctica, para impartir docencia en la especialidad a la que se opte.
f) No hallarse excluido de las bolsas de personal funcionario interino de
la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, mediante Resolución del
órgano competente, por incompetencia profesional o por otras causas que impidan
la impartición de docencia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo
13.2. de la Orden de 8 de junio de 2011 (BOJA núm. 117, de 16 de junio de
2011).
g) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente
del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se pretende acceder.
h) El personal aspirante que no posea la nacionalidad española deberá
acreditar el conocimiento del idioma español mediante la realización de una
prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión oral
y escrita de esta lengua. El contenido de la prueba se ajustará a lo
establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por
el que se establecen diplomas de español como lengua extranjera (DELE),
modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero.
LUGAR PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Las solicitudes se dirigirán a la
persona titular de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la
Consejería de Educación, Cultura y Deporte, y se presentarán preferentemente en
las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte, sin perjuicio
de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en
los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Observaciones: PLAZO DE SOLICITUDES: Plazo de diez días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el caso de que un mismo
participante presentara más de una instancia, solo será validada la presentada
en último lugar.
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