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sábado, 8 de febrero de 2025

Bolsas de empleo: Bolsa de empleo para personal laboral temporal para programas de empleo y formación (Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz)



Organismo: Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz

BOP de Cádiz nº 25 de 06/02/2025

Requisitos: 

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos previstos en la Ley, y cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, quienes tengan la condición de cónyuges de las anteriores personas, siempre que no se encuentren en situación de separación de derecho. Igual beneficio afecta a sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no se haya producido la separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Asimismo, podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, y quienes cuenten con residencia legal en España. 

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. Los/as menores de dieciocho y mayores de dieciséis años, que vivan de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores/as, o con autorización de la persona o institución que le tenga a su cargo. 

c) Si el representante legal de una persona de capacidad limitada la autoriza expresa o tácitamente para realizar un trabajo, queda esta también autorizada para ejercitar los derechos y cumplir los deberes que se derivan de su contrato y para su cesación. 

d) Los/as extranjeros/as, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación específica sobre la materia. 

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, y tengan plena capa de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil. 

f) En el supuesto de tratarse de personas extranjeras deberán superar una prueba previa, ante el Órgano de Selección nombrado para valorar la convocatoria a la que se presenten, donde demuestren conocimiento suficiente del idioma español. Esta prueba será calificada de apto o no apto. Quienes, de entre estas personas, hubiesen realizado los estudios oficiales en España o procedan de países cuyo idioma oficial sea el castellano serán eximidas de este requisito por el Órgano de Selección. 

g) No haber sufrido la separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el puesto en el que hubiese sufrido la separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar en situación de inhabilitación o en situación equivalente ni haber sufrido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 

h) No estar incurso en causa de incompatibilidad de las regidas por la legislación vigente. 

i) Estar desempleado/a e inscrito/a en el SAE como demandante de empleo. 

j) Estar en posesión del carnet de conducir tipo B. En caso de titulaciones o permisos obtenidos en el extranjero deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación. 

k) Disponer de vehículo propio y movilidad geográfica para poder desarrollar las funciones adheridas al puesto descrito. 

De conformidad con el artículo 56.3 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público se podrá exigir el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar. En todo caso, habrán de establecerse de manera abstracta y general. En virtud de citado precepto se requieren los siguientes: 

Requisitos Específicos para cada una de las plazas: además de las prescritas desde el apartado a) hasta el apartado k) de los requisitos generales, la persona aspirante deberá tener un perfil profesional mínimo para cada una de las plazas. (Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo). 


Observaciones: Las personas interesadas en participar en la convocatoria, deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud, que se ajustará, obligatoriamente, al modelo oficial referido en el ANEXO I de las presentes bases. La no presentación de dicho modelo será causa no subsanable, siendo causa de exclusión del proceso selectivo. Se deberá de presentar una instancia para cada plaza a la que se opte, presentando toda la documentación y los Anexos en cada solicitud. 

A la solicitud, debidamente cumplimentada (con letras mayúsculas, elegible) se acompañará la siguiente documentación en un solo archivo PDF: 

1. Solicitud de participación, que se ajustará, obligatoriamente, al modelo oficial ANEXO I, de las presentes bases. 

2. Currículum Vitae, actualizado. 

3. Fotocopia del DNI, vigente. 

4. Fotocopia de Vida laboral, actualizada. 

5. Fotocopia de Permiso de conducir B, vigente. 

6. Fotocopia de la Tarjeta de la Seguridad social, vigente. 

7. Fotocopia de la tarjeta o documento justificativo de inscripción en el SAE como demandante o mejora de empleo, actualizado. 

8. Declaración responsable y jurada, que se ajustará, obligatoriamente, al modelo oficial ANEXO II de las presentes bases. 

9. Fotocopia de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de acceso (conforme a lo recogido en BASE TERCERA. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES, REQUISITOS DE ACCESO) 

10. Autobaremación de MÉRITOS ALEGADOS que se ajustará, obligatoriamente, al modelo oficial ANEXO III de las presentes bases, debidamente cumplimentado (con letras mayúsculas, elegible) y acompañado de la siguiente documentación: 

• Fotocopia de los cursos formativos, reglados y no reglados. Diplomas, títulos o certificados expedidos por el Centro, Organismo o Institución que haya impartido la formación, donde conste la denominación de la formación recibida, así como el n° de horas lectivas y contenidos formativos. 

• Fotocopia de contratos de trabajo (distintos a los aportados como acreditación de la experiencia profesional requerida en el ámbito de competencia que da acceso al proceso selectivo), al objeto de demostrar la vinculación entre la experiencia aportada y el puesto de trabajo ofertado. En el supuesto de contratos u otras relaciones jurídicas con terceros para prestación de servicios remunerados como profesional por "cuenta propia", deberá acreditarse mediante aportación del contrato y/o del certificado emitido por la empresa, órgano o entidad para la que se hayan prestado servicios remunerados como profesional por cuenta propia, con expresión de las fechas de inicio y fin, número de años y/o meses, y una descripción de las funciones y tareas desarrolladas. 

La documentación que se presente como méritos, deberá ir numerada y ordenada conforme al orden establecido en el documento de autobaremación (ANEXO III). 11. En caso de discapacidad, fotocopia de la certificación que acredite su discapacidad y fotocopia del dictamen técnico facultativo que indique el defecto que da lugar a la situación de discapacidad. En todo caso, deberán adjuntar tanto la certificación que acreditar su discapacidad, como la que acredite la compatibilidad de la misma con el desempeño de las funciones que se describan en la correspondiente convocatoria. En este caso, el certificado de discapacidad se entregará junto al resto de la documentación, y el certificado de compatibilidad inexcusablemente en el plazo establecido. Solicitud de adaptación de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas, en caso de requerirlo el/la aspirante. 

La presentación de la solicitud, así como toda la documentación necesaria, se realizará en el Registro General de la Mancomunidad de Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz sita en Avenida de la Diputación s/n, de la localidad de Villamartín, a través de la sede electrónica de la entidad https://mmsierradecadiz.sedelectronica.es, mediante el apartado “instancia general” y tramitación electrónica. De forma supletoria o en caso de incidencia de la vía anterior, se podrá presentar la solicitud de participación por los medios previstos en el artículo 16.4 en relación con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta y Disposición Final Séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

En el caso de presentación de solicitud, así como toda la documentación necesaria, en las Oficinas de Correos, la solicitud deberá estar fechada y sellada por el personal de Correos, antes de ser certificadas. Sólo en este caso se entenderá que la solicitud ha tenido entrada en el Registro General de esta Mancomunidad en la fecha en que fue entregada en la mencionada oficina. 

Se deberá remitir, en el plazo de 48 horas, correo electrónico a registro@mmsierradecadiz.org indicando dicha circunstancia, nombre y apellidos del solicitante, fecha de presentación, lugar donde se ha presentado la solicitud y relacionando la documentación aportada, e identificando el asunto «PERSONAL DIRECTIVO FPE», «PERSONAL FORMADOR FPE», «PERSONAL DE APOYO ADMINISTRATRIVO FPE», o «PERSONAL DE APOYO A LA INSERCION LABORAL FPE», según la plaza a la que se opte. 

En el caso de presentación de solicitud, así como toda la documentación necesaria, en otros registros admisibles, se deberá remitir, en el plazo de 48 horas, correo electrónico a registro@mmsierradecadiz.org indicando dicha circunstancia, nombre y apellidos del solicitante, fecha de presentación, lugar donde se ha presentado la solicitud y relacionando la documentación aportada, e identificando el asunto «PERSONAL DIRECTIVO FPE», «PERSONAL FORMADOR FPE», «PERSONAL DE APOYO ADMINISTRATRIVO FPE», o «PERSONAL DE APOYO A LA INSERCION LABORAL FPE», según la plaza a la que se opte. 

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo.


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